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Política AML y KYC

Cómo comprobamos a los clientes y las operaciones. Algunas medidas resultan incómodas: deben serlo, de lo contrario no funcionarían.

Edición del 22 de agosto de 2026 Borrador · en revisión legal

01Objeto de esta política

Esta política describe las medidas contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo que la Plataforma aplica a todos los Clientes y a todas las operaciones. Es de obligado cumplimiento para el personal y no puede dispensarse a petición de un Cliente.

Las medidas siguen la legislación de los EAU y las recomendaciones del GAFI. La Plataforma designa un responsable de cumplimiento que depende directamente de la dirección y puede detener cualquier operación.

Una plataforma que nunca pide verificación normalmente tampoco tiene licencia. La ausencia de comprobaciones no es comodidad: es una señal de alarma.

02Verificación de identidad

La verificación es obligatoria antes del primer retiro. El Cliente aporta un documento de identidad en vigor y un selfi con él para confirmar que el documento le pertenece.

  • Nivel básico: documento y selfi. Habilita los retiros dentro de los límites estándar.
  • Nivel ampliado: además, comprobante de domicilio. Se exige a partir de 50 000 dólares de volumen acumulado.
  • Diligencia reforzada: justificación del origen de los fondos. Se exige para importes elevados, actividad atípica y personas expuestas políticamente.

La Plataforma puede exigir una nueva verificación cuando caduque el documento, cambien los datos del Cliente o aparezcan indicios de que la cuenta está comprometida.

03Origen de los fondos

Para ingresos elevados la Plataforma pide justificar de dónde procede el dinero: certificado de ingresos, documentos de la venta de un inmueble o un extracto bancario o de exchange.

Hasta que se aporte esa justificación los fondos pueden acreditarse, pero los retiros quedan suspendidos. Si no se aporta en un plazo razonable, la Plataforma devuelve los fondos a la dirección de origen.

04Seguimiento de operaciones

Todas las operaciones pasan controles automáticos. El sistema pondera importe, frecuencia, país, historial de la dirección y coherencia con el perfil del Cliente, y asigna a cada operación un nivel de riesgo.

  • Fraccionar importes para no superar los límites.
  • Retirar de inmediato tras un ingreso sin llegar a colocar los fondos.
  • Ingresos desde direcciones vinculadas a mezcladores, mercados de la darknet o hackeos conocidos.
  • Volumen incoherente con el perfil declarado y la fuente de ingresos.

Las operaciones de mayor riesgo las revisa manualmente un responsable de cumplimiento antes de ejecutarse.

05Cribado de sanciones

Los Clientes se cotejan con las listas de sanciones de la ONU, los EAU, EE. UU., la Unión Europea y el Reino Unido al registrarse y con regularidad después. También se cotejan las direcciones de cartera con bases de analítica de cadena de bloques.

Una coincidencia en una lista de sanciones supone el bloqueo inmediato de la cuenta y la notificación a la autoridad competente. Los fondos no se devuelven hasta obtener la autorización correspondiente.

06Travel Rule

En las transferencias entre proveedores de servicios de activos virtuales, la Plataforma envía y recibe la información del ordenante y del beneficiario en la medida que exige la Travel Rule del GAFI.

Las transferencias a direcciones que no puedan identificarse o que estén vinculadas a servicios de anonimización pueden ser rechazadas.

07Denegación, congelación e informes

La Plataforma puede denegar el servicio sin motivar la decisión, suspender operaciones y congelar fondos cuando sospeche un incumplimiento de esta política.

Las operaciones sospechosas se comunican a la autoridad competente. La ley prohíbe informar al Cliente de que se ha presentado esa comunicación, así que no podremos explicar los detalles.

Los registros de verificación y de operaciones se conservan al menos cinco años tras finalizar la relación con el Cliente.

08Formación y auditoría

El personal con acceso a las operaciones de los Clientes recibe formación contra el blanqueo al incorporarse y anualmente después.

La eficacia de estos procedimientos se somete a auditoría independiente. Las deficiencias detectadas se corrigen en el plazo acordado y el informe se facilita al regulador si lo solicita.

Este documento es informativo y no constituye asesoramiento de inversión ni oferta pública. En caso de discrepancia entre versiones lingüísticas, prevalece la edición en inglés.